Fecha: 5 de abril de 2017

DEBEN RETIRARSE LOS CARGOS CONTRA ACTIVISTA Y BRINDARLE
PROTECCIÓN

Continúa el enjuiciamiento del diseñador de moda y activista LGBTI Barbaros Şansal por ejercer su derecho a la
libertad de expresión. La próxima vista se celebrará el 1 de junio. Entre tanto, se le ha impuesto una prohibición de
viajar que le impide llevar a cabo su actividad profesional, y las autoridades no le están brindando protección frente a
las agresiones.
El 1 de junio se celebrará la siguiente vista del juicio contra el diseñador de moda y activista LGBTI Barbaros
Şansal, enjuiciado en aplicación del artículo 216 del Código Penal (que penaliza “incitar a la opinión pública al
odio o la hostilidad”) por un mensaje en vídeo y un tuit que compartió en redes sociales el 31 de diciembre de 2016.
El 1 de marzo, un tribunal concedió la libertad condicional a Barbaros Şansal, que llevaba en detención en
espera de juicio desde el 3 de enero, aunque le prohibió salir del país. Tras ser excarcelado, Barbaros Şansal
expresó su agradecimiento a los simpatizantes de Amnistía Internacional y afirmó: “Lo que necesitamos es más
libertad, no menos. Me siento animado pese al horror que experimenté al ser deportado desde el territorio de Chipre
Septentrional y sufrir agresiones y lesiones físicas en la pista del aeropuerto. Ya he sido testigo de casos de represión
otras veces, por ejemplo durante el periodo que siguió al golpe de Estado militar de 1980. Estoy convencido de que
este periodo también pasará. Llegarán tiempos mejores”.
El 3 de marzo, Barbaros Şansal solicitó protección a la gobernación de Estambul, ya que está recibiendo
mensajes amenazantes y tiene motivos para temer nuevas agresiones físicas, hasta el punto de tener miedo de salir
de su casa. Hasta la fecha, no ha recibido respuesta a su solicitud de protección.
Tanto el mensaje de vídeo como el tuit que Barbaros Şansal admite haber compartido en redes sociales están
protegidos en virtud del derecho a la libertad de expresión, y no deberían ser objeto de acción penal. Durante la
primera vista, el 16 de marzo, Şansal se declaró no culpable y protestó por la prohibición de viajar, que a efectos
prácticos le impide llevar a cabo su trabajo. El juez decidió mantener la prohibición. El 17 de marzo, el abogado de
Barbaros Şansal presentó nuevas objeciones, pero a fecha del 5 de abril el tribunal no había tomado una
decisión.
Escriban inmediatamente en turco o en su propio idioma:
– pidiendo al ministro de Justicia que retire los cargos contra Barbaros Şansal y anule su prohibición de viajar;
– instando al gobernador de Estambul a garantizar que Barbaros Şansal recibe protección de forma inmediata y
efectiva, conforme con su deseo;
– instando al ministro de Justicia a iniciar una investigación penal sobre la agresión a Barbaros Şansal y las
amenazas que continúa recibiendo, y a llevar ante la justicia a todas las personas consideradas responsables.
ENVÍEN LLAMAMIENTOS ANTES DEL 18 DE MAYO DE 2017 A:
Gobernador de Estambul / Istanbul Governor
Mr Vasip Şahin
Istanbul Governorship
İstanbul Valiliği
Ankara Caddesi
34110 Cağaloğlu-Fatih/İstanbul
Fax: +90 212 512 20 86
Tratamiento: Señor Gobernador / Dear Governor
Ministro de Justicia / Minister of Justice
Mr Bekir Bozdağ
Ministry of Justice
Adalet Bakanlığı, 06659 Ankara, Turquía
Fax: +90 (0312) 419 33 70
Correo-e: ozelkalem@adalet.gov.tr
Tratamiento: Señor Ministro / Dear Minister
Envíen también copias a la representación diplomática de Turquía acreditada en su país:
EMBAJADA DE LA REPUBLICA DE TURQUIA
Excmo. Sr. Omer ONHON
C/ Rafael Calvo, 18, 2º. A/B .-. 28010 – MADRID
Teléfono: 91 310 39 04
Fax: 91 308 66 02
E-mail: embajada.madrid@mfa.gov.tr
Consulten con la oficina de su Sección si van a enviar los llamamientos después de la fecha indicada. Ésta es
la segunda actualización de AU 2/17. Más información: https://www.amnesty.org/es/documents/eur44/5431/2017/es/
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
En la víspera de Año Nuevo, Barbaros Şansal publicó un mensaje de vídeo en las redes sociales en el que
criticaba a la gente por celebrar el Año Nuevo en un momento de detenciones a gran escala de periodistas,
corrupción generalizada y acusaciones de abuso infantil, y que acababa con el deseo de que “Turquía se ahogue en
su mierda”. El 2 de enero fue extraditado desde el territorio de Chipre Septentrional, donde había pasado el período
de Año Nuevo. En la tarde del 2 de enero, a su llegada al aeropuerto Atatürk de Estambul, Barbaros Şansal fue
agredido por un grupo del personal de tierra del aeropuerto cuando salía del avión, antes de que lo detuviera la
policía turca.
Durante el interrogatorio de los fiscales, Barbaros Şansal dijo: “La referencia a que ‘Turquía se ahogue en su
mierda’ es un comentario humorístico que hice hace dos años durante una entrevista. Hice la misma broma de vez en
cuando en los vídeos cortos que comparto en las redes sociales”.
A Barbaros Şansal también se le preguntó sobre dos tuits. El primero, tras el ataque armado al club nocturno
Reina en la víspera de Año Nuevo, en el que murieron 39 personas y resultaron heridas 65, decía: “El propietario es
judío, el demandante es suní, el gerente es aleví… ¿Santa Claus? Vete a la m…”. Dijo que había compartido este tuit,
afirmando que “lo que intentaba decir era que lo ocurrido no era un choque entre religiones o creencias diferentes”.
En el acta del interrogatorio, Barbaros Şansal declara que el segundo tuit sobre el que se le interrogaba:
“Musulmanes suníes disfrazados de Santa Claus dispararon a la gente en Estambul porque el gerente y los
trabajadores eran alevíes” no lo mandó él. La hora y la localización del tuit indican que se envió desde Turquía, no
desde el territorio de Chipre Septentrional donde se encontraba.
Desde el intento de golpe de estado del 15 de julio, la represión gubernamental del derecho a la libertad de expresión
y de asociación ha dado lugar al encarcelamiento de cientos de personas —como periodistas, defensores y defensoras
de los derechos humanos, activistas y otras personas— como resultado del uso generalizado y habitual de la detención
en espera de juicio, basada en pruebas débiles o inexistentes de delitos reconocibles internacionalmente. El 4 de
enero de 2017 se prorrogó una segunda vez el estado de excepción declarado el 20 de julio de 2016 por otros tres
meses.
El artículo 216 del Código Penal dice lo siguiente: 1) Una persona que incite abiertamente a grupos de la población a
la enemistad o el odio hacia otras personas por motivos de clase social, raza, religión, credo o diferencia regional, de
forma que pudiera derivarse un peligro claro e inminente para el orden público, será condenada a una pena de prisión
de 1 a 3 años. 2) Una persona que denigre abiertamente a una parte de la población por motivos de clase social,
raza, religión, credo, género o diferencia regional será condenada a una pena de prisión de 6 meses a 1 año. 3) Una
persona que denigre abiertamente los valores religiosos de una parte de la población será condenada a una pena de
prisión de 6 meses a 1 año en el caso de que el acto pudiera alterar el orden público.
Amnistía Internacional lleva mucho tiempo pidiendo la modificación del artículo 216 y su armonización con el derecho
internacional mediante la derogación de los apartados 2 y 3, que rebasan las restricciones permisibles al derecho a la
libertad de expresión.
Si recibe contestación de una autoridad, envíenos el original o una copia, por favor, lo antes posible (ref.: «Equipo AAUU –
Respuesta») a la siguiente dirección: Amnistía Internacional España. Secretariado Estatal. Fernando VI, 8, 1º izda. 28004 Madrid.
Sólo es necesario que indique en el reverso de la misma el número que tiene la Acción Urgente a la que le han contestado (por
ejemplo «AU 25/99»). No es necesario que nos envíe copia de su propia carta. Si no desea que le enviemos un acuse de recibo,
indíquenoslo también en el dorso con las palabras «No acuse». Gracias por su colaboración.